Cortometraje matemático

Os presento el cortometraje  «Matemáticas» de Producciones Colargol. No voy a entrar a valorar la calidad artística, sólamente quiero que penséis sobre el contenido matemático presente en el vídeo.
En el vídeo se reproduce la conversación de una pareja relacionando el amor con el infinito para pasar a hablar sobre las diferentes magnitudes del infinito (cardinales transfinitos).

En concreto, el chico le comenta que hay más números naturales que pares.
Este vídeo gano el 2º premio del VI Certamen Internacional Videominuto organizado por la Universidad de Zaragoza. ¡¡¡Y pensar que yo estudié matemáticas allí!!!

¿Qué opinión os merece?

Continuará…

Libros digitales en el ITE: Proyecto Ed@d

Estamos asistiendo, a raíz del Proyecto Escuela 2.0, a un impulso importante de los libros electrónicos y de material educativo en Internet.
Las editoriales se han empezado a poner las pilas y empiezan a sacar materiales multimedia, aunque tal y como dijo Jordi Adell en su «Carta a los editores de texto«, no dejan de ser pdfs a los que han añadido algún flash, algún vídeo y varios ejercicios de autocorrección. Ejemplo de ello es «El libro interactivo de SM«.

También el ITE se ha unido al carro y ha decidido generar libros interactivos para la ESO a través del Proyecto Ed@d (Enseñanza Digital a Distancia). Los materiales son de  Lengua  y Literatura, Matemáticas, Física y Química, Biología y Geografía, Geografía e Historia e Inglés. Actualmente, están creados 3º y 4º  de casi todas las asignaturas, con excepción de Historia e Inglés, y todos los cursos de matemáticas.

Todos los recursos los podemos trabajar online o descargarlos a nuestro ordenador (no siempre el ADSL va como debiera).

Las unidades didácticas de cada curso siguen el mismo esquema:

  • Antes de empezar: página presentación del tema, donde se muestran los objetivos y una escena que trata de captar la atención del alumno.
  • Contenidos:Contenidos teóricos breves y claros, junto a ejemplos interactivos para el alumnado. Lo complementan una serie de ejercicios para descargarse.
  • Ejercicios: Colección de ejercicios de la unidad didáctica, con la ventaja de que el  alumno puede autocorregirse.
  • Autoevaluación:Ejercicios sin solución para que el alumnado evalúe sus conocimientos del tema.
  • Para enviar al tutor: En este apartado, se pueden enviar  por email los resultados de los ejercicios que aparecen al profesor.
  • Para saber más: Podemos encontrar información adicional relacionada con el tema.

Algunos ejemplos:


Geometría en los templos persas: Isfahan

Y para empezar el año nada mejor que un hermoso vídeo titulado «Isfaban» creado por Etérea Studios de Cristóbal Vila.

Si hay dos disciplinas fuertemente relacionadas, éstas son el arte y la geometría. En el vídeo podéis encontrar una bella simbiosis de ambas.

Para los amantes del arte, el vídeo muestra la belleza del arte islámico en Persia, en concreto, en la ciudad iraní de  Isfahan. La cúpula está basada en la «Modern-É Shah» y las columnas y bóvedas  en la «Mezquita del Imán«. La bella ornamentación es propia del autor tratando de seguir el estilo islámico.

Además de la belleza artística del vídeo podemos encontrar mucho contenido matemático-geométrico. Tenemos simetrías, giros, traslaciones, teselaciones, diferentes tipos de estrellas, etc…

Y aquí tenéis el bello vídeo:

Isfahan from Cristóbal Vila on Vimeo.

PD: Si os ha gustado el vídeo, en otro artículo de este blog podéis encontrar otro excelente vídeo de Cristóbal: «Nature by numbers».

Bardem y sus tomates

No pensaba escribir nada sobre la Ley Sinde ( internet esta llena de artículos, twitter de opiniones, etc…)  pero al leer el extraordinario comentario de humitsec en Meneame en respuesta al artículo de Javier Bardem en El Pais, he decidido que respuesta tan brillante no debe quedar en el olvido.


Image: ‘Harvest‘ de Karem

No se puede explicar de forma más sencilla el funcionamiento de la SGAE y la Ley Sinde.

Os lo pongo textualmente, es recomendable leer antes el artículo del pobre Bardem:
 

Pongamos el mismo ejemplo.

Javier Bardem quiere «comprar un tomate fresco». Para usar el paralelismo con la industria cultural, Javier debería acudir a una tienda en la que tras pasar por sucesivas manos, el tomate ha incrementado su valor de manera artificial, repercutiendo en el horticultor en menos del 0,1 % de su valor de venta. Son otros, los intermediarios, los que han cobrado más, en muchos casos tan solo por cambiar la pegatina que viene puesta en el tomate. Algo que, por desgracia, no dista mucho de la realidad del mercado de la agricultura –y de la pesca, y de la ganadería…–.

Pero ahora viene la gracia. Javier Bardem no puede compartir ese tomate que acaba de comprar con nadie más, pues de lo contrario la Sociedad General de Agricultores y Especuladores se cabreará con él y lo llamará ladrón: «¡Quien quiera un tomate que se lo compre! ¿Qué es eso de compartir?».

Tampoco puede alterarlo en cualquier forma que no haya sido expresamente autorizada por el horticultor. De hecho, su intención de usarlo para hacer gazpacho se considera un uso no autorizado, y la Sociedad General de Agricultores y Especuladores la condena, llegando a denunciar al comprador si se hace pública la manipulación no autorizada: «El gazpacho, como resultado de la manipulación del tomate entre otros productos, es algo que sólo nosotros, como creadores del tomate original podemos realizar, ya que ese derecho es nuestro. Cualquier manipulación realizada por terceros sin nuestra autorización es una violación de nuestros derechos, y debe ser castigada».

Para colmo, Javier Bardem tampoco puede comerciar con el tomate que acaba de comprar. Si fuera el caso de que tuviera un restaurante donde sirviera ensaladas de tomate –plato que debería contar con la autorización de la Sociedad General de Agricultores y Especuladores–, debería pagar otra vez al horticultor por el lucro cesante que le supone que los clientes de su restaurante vayan a comer un tomate allí, en lugar de comprar otro para ellos. Incluso si el horticultor acuerda no cobrar por este uso, la Sociedad General de Agricultores y Especuladores le cobrará una compensación por tal uso no autorizado.

Por si esto fuera poco, al día siguiente Javier Bardem descubre que tiene que seguir pagando por el tomate que compró ayer, pues los derechos que reconocen el esfuerzo del horticulor estipulan que hay que pagarle por este trabajo hasta más allá de su muerte. Al fin y al cabo él trabajó para producir ese tomate, él plantó la semilla, y día tras día cuidó del crecimiento de la planta, alimentándola cuando lo necesitaba, protegiéndola cuando se debía, hasta el momento de poder recoger su fruto: el tomate. Y ese trabajo debe ser recompensado toda la vida, porque al fin y al cabo, una vez que Javier Bardem ha consumido ese tomate, su organismo se ha beneficiado de él, y ese beneficio para Javier Bardem puede durar años.

Por supuesto este pago Javier Bardem no lo tiene que realizar directamente. No es un impuesto, sino un cobro de derechos, en lo que todo aquello que esté relacionado con el tomate que compró ayer incluirá el pago al horticultor.

De hecho, para proteger el trabajo del horticultor, se ha prohibido que cualquiera pueda producir tomates iguales o razonablemente parecidos a los que compró al horticultor. Por eso no se venden semillas de tomates de ese tipo. Y como aun así es posible que Javier Bardem las obtenga del propio tomate, para reducir el perjuicio ocasionado al horticultor, la Sociedad General de Agricultores y Especuladores ha logrado que se apruebe la inclusión de un canon compensatorio en todos aquellos productos que pudieran facilitar que cualquiera produjera tomates similares a título privado. Este canon se puede encontrar en el abono, el agua, las mangueras, las regaderas, los maceteros, los tiestos, los sistemas de aspersión, las palas, los rastrillos, las carretillas, las azadas y en general cualquier herramienta de agricultura y jardinería, los plásticos y estructuras de posible uso para la construcción de invernaderos, etc.

Por suerte para Javier Barden hay un grupo de personas que consideran que esta situación es un abuso, y han creado sus propias huertas, donde venden los tomates sin todas las restricciones que se han citado, permitiendo su uso y consumo como mejor le parezca al comprador, y destinando prácticamente todo el dinero cobrado al propio horticultor.

Otras personas han creado huertas públicas, donde el cuidado y el mantenimiento de los productos de la huerta es responsabilidad solidaria de todos, y todos pueden disfrutar libremente de los resultados.

En algunos casos las tomateras son el producto de las semillas de los tomates obtenidos a través de la compra a los horticultores tradicionales, y eso ha cabreado a la Sociedad General de Agricultores y Especuladores, porque dicen que eso es piratería, que se están aprovechando del trabajo de sus horticultores, e incluso están en algunos casos obteniendo beneficios por ello.

Así, la Sociedad General de Agricultores Y Especuladores, junto con otros colectivos afectados como Proagripescae, han denunciado en varias ocasiones a los que mantienen dichas huertas. En algunos casos incluso han tratado de crear la idea de que su actividad es más delictiva si cabe porque cobran por otros servicios a quienes acceden a sus huertos a por los productos que allí se disponen gratuitamente.

Por fortuna los jueces, que aun tienen algo de sentido común, siempre han sentenciado a favor de las personas encargadas de las huertas. Esto ha molestado a las sociedades mencionadas, que han movilizado a los horticultores para que protesten y presionen con el objetivo de aprobar una ley que permita cerrar esas huertas sin necesidad de que lo ordene un juez.

¿Qué piensa Javier Bardem de que un colectivo que es parte del conflicto pueda decidir si cierra o no una huerta pública sin requerir la acción de un juez?

Feliz Navidad y prospero año nuevo

A todos los lectores de este blog, os deseo una Feliz Navidad y un prospero Año Nuevo.

Personalize funny videos and birthday eCards at JibJab!

Proyecto Medusa

Y volvemos con un Proyecto que se desarrolla en Canarias con el objetivo de integrar las TIC en la Educación.

Tal y como dicen ellos en su página web:

El Proyecto actúa fundamentalmente en:
– Dotación de infraestructuras y equipamientos.
– Formación del profesorado en el uso y “explotación” educativa de las TIC.
– Formación del alumnado y aprovechamiento educativo de las TIC
– Impulso de procesos de innovación e investigación y elaboración de contenidos.
– Comunicaciones y redes como soportes como soporte de comunicación y difusión de contenidos educativos.
– Gestión académica y administrativa de los centros escolares.

La razón de este artículo es la excelente recopilación de recursos educativos de todos los niveles y materias existentes en su página web. Podréis encontrar recursos  como los creados por Mario Ramos Rodríguez en el CER  El Tanque para matemáticas y Conocimiento del Medio, actividades con JClic, con Geogebra, páginas con Flash, etc…

Os animo a que trabajéis el buscador y exploréis los resultados que os muestra.

Cuentas para menores, ¿cuándo, cómo y por qué?

Actualmente está la web que hierve alrededor de las condiciones de uso, en cuanto a la edad necesaria, que nos ponen los diferentes servicios de la web 2.0. Este es un tema que debemos de tener muy claro si queremos utilizar dichos servicios con nuestros alumnos o si, simplemente, queremos asesorar a los alumnos y sus familias. Sobre esto han escrito recientemente unos excelentes posts:
Voy a tratar de dar mi punto de vista en este tema partiendo del hecho de que no soy un experto en derecho y exponiendo en algún caso las observaciones que me ha hecho David Maeztu, abogado experto en la red, y autor del excelente blog «Del derecho y las normas».


¿A qué edad un menor puede gestionar sus datos personales?

El hecho de abrir una cuenta en estos servicios supone casi siempre la introducción de ciertos datos de tipo personal (como el nombre, apellidos, edad, etc.) y aceptar unas condiciones de uso.
Por lo tanto, lo primero que debemos saber es qué dice la legislación española sobre la gestión de los datos personales. Para ello, hemos de leer el REAL DECRETO 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. El artículo 13 expone claramente que para los menores de 14 años se requerirá el consentimiento de padres o tutores.
Ya tenemos algo claro: de 14 años en adelante pueden gestionar sus datos personales sin consentimiento paterno (esto deja claro el porqué de los 14 años de tuenti).

Es también recomendable por no decir indispensable leer el artículo 15 del Real Decreto, que regula el método para conseguir dicha autorización.

A modo de aclaración es interesante saber que en Estados Unidos la edad mínima son los 13 años tal y como recoge  la Children’s Online Privacy Protection Act (1998) más conocida como COPPA.

Principales servicios y sus condiciones

Bajo mi punto de vista, e independientemente de las condiciones de uso que nos exija el servicio en cuestión, siempre que se estén gestionando datos personales, es obligatorio contar con la autorización paterna. Por lo tanto, aunque un servicio deje acceso libre a cualquier edad hemos de tener en cuenta el límite de los 14 años.

Google

Para entrar en el excelente entorno de Google, tal y como lo explica Juan Carlos Guerra en su post, la edad es de 18 años. Para comprobarlo basta con leer el apartado 2.3 de las condiciones de servicio. Se dice textualmente: «2.3 No podrá utilizar los Servicios ni aceptar las Condiciones si (a) no tiene la edad legal para contraer un acuerdo vinculante con Google«. Tras consultar a David Maeztu, me aclaró que en líneas generales la edad para contraer un contrato vinculante son los 18 años. Hay alguna excepción, que no viene a cuento comentar en este artículo.
Por lo tanto, ya sabemos: en Google, 18 años. Me parece excesivo y sobre todo para el correo electrónico.  Por lo tanto, y sin ánimo de parecer ser pesado, os vuelvo a animar a apuntarse a la iniciativa  de Juan Carlos.

WordPress

Podemos plantearnos la posibilidad de usar el blog con los alumnos y optamos por wordpress. En las condiciones de uso de WordPress, no se hace ninguna referencia a la edad.

Entonces en wordpress nos quedamos con los 14 años a no ser que no usemos datos personales ( más adelante explicaré como).

Zoho

Ya sabemos que Google nos obliga a los 18 años, podemos plantearnos usar Zoho como alternativa (excelente, por cierto) a GoogleDocs y para usar un excelente wiki.
En las condiciones de Zoho pone «You must be of legal age to enter into a binding agreement in order to accept the Terms«. Otra vez surge el tema del contrato vinculante, con lo que estamos en el mismo caso que Google. Sin embargo, si leemos la política de privacidad, pone «Zoho does not knowingly collect Personal Information from users who are under 13 years of age.«. O sea, que no almacenan datos personales de menores de 13 años y, la duda que tengo «es cómo lo hacen pues no te piden la edad». Hay que reconocer que los datos necesarios para abrir una cuenta son muy pocos.

Wikispaces
No pone nada referente con la edad, luego estamos igual que en wordpress.com.

Tuenti

De sobra es conocido que Tuenti pone como condición los 14 años, con lo cual, va de la mano con la LOPD. Esto es así ya que Tuenti es española y se rige por nuestra legislación.


Facebook

La edad que pide es de 13 años al ser una empresa estadounidense y estar regulada por la COPPA.

¿Y qué hacemos?

Ante este problema tenemos diferentes alternativas para salir del apuro. Lo primero a tener en cuenta es que si son mayores de 14 años prácticamente no tendremos ningún problema. Para edades inferiores podemos optar por alguna de las siguientes alternativas:
  • Podemos usar cuentas impersonales del tipo: al01-1a-iesdaniel@gmail.com, al02-1a-iesdaniel@gmail.com, al03-1a-iesdaniel@gmail.com, … Estas cuentas se las asignamos a los alumnos de forma que sepamos quien es quien. Podemos poner como nombre de la cuenta su nombre sin apellidos, con lo que la gestión será mucho más fácil.
  • Apuntar al centro a GoogleApps y gestionar las cuentas desde allí. En este caso si optamos por cuentas impersonales no tendremos ningún problema, en caso contrario, tengo mis dudas de que no haga falta autorización.
  • Pedir autorización paterna, de acuerdo al artículo 14 del Real decreto anteriormente citado.
  • Decir a los alumnos que para seguir la asignatura es imprescindible una cuenta  de Gmail igual que pedimos un cuaderno, libro, etc… En caso de que los padres on sean competentes digitalmente, pedimos la autorización.
  • Si optamos por blogs del tipo WordPress.com, usar cuentas impersonales o pedir la autorización.
  • Si decidimos montar un blog de wordpress en nuestro propio servidor, la gestión es mucho más fácil. En este caso, creamos las cuentas nosotros, estamos en un entorno controlado y podemos eliminar los mensajes, entradas o comentarios que contradigan las normas. Podríamos usar cuentas impersonales o cuentas personales controlando la publicación de datos personales.
  • Análogo al caso del blog propio de wordpress podemos crear redes sociales del tipo Elgg o BuddyPress.
  • Para redes sociales de otro tipo, tenemos que ir a redes verticales tipo ning, grouply o grou.ps. Deberíamos hacer los mismo que en wordpress.com o Google.
  • Podemos aprovechar el inmenso tirón de Tuenti sabiendo que prácticamente el 100% de los alumnos tienen cuenta. Nos habremos evitado un paso, ahora vendría uno más difícil: convencer a los alumnos de usar tuenti para los estudios. Ante esa enorme dificultad podemos empezar creando una página y desde ella dinamizar y ver hasta donde somos capaces de llegar.
  • En el caso de Facebook estaremos en el mismo caso de Tuenti, salvo hay menos alumnos con cuenta.

En fin que no me entretengo más. Espero conocer vuestra opinión.

Proyecto Gauss

El ITE ha desarrollado el Proyecto Gauss con la finalidad de dar al profesorado items didácticos y applets (pequeñas aplicaciones) de Geogebra para cubrir los contenidos dematemáticas de 5º, 6º de primaria, 1º y 2º de la ESO.
Para los que no sabéis lo que es un applet os pongo el que usan de cabecera en el proyecto que realmente es excelente. Este explica de forma gráfica la suma de los 100 primeros números naturales:

Lo sentimos, el applet de GeoGebra no pudo iniciarse.
Por favor, asegúrate que en tu navegador
se encuentra instalada y activada
la versión 1.4.2 o superior de Java.
(Haz clic aquí para instalar Java ahora.)

La página del Proyecto Gauss es: http://recursostic.educacion.es/gauss/web/

Para ir a las actividades tenéis que pulsar en «Acceso a los materiales del CD»:

En la página siguiente podemos ver los materiales didácticos y si queremos unos recursos complementarios al temario que pueden ser de utilidad por su originalidad:

Una vez que estemos en la página de materiales didácticos podemos manejarlos online o descargarlos a nuestro ordenador. En la imagen siguiente tenéis las dos posibilidades:


Los materiales que tenéis de cada Etapa son los siguientes:

En cada uno de los temas que elijáis tenéis distintas actividades a realizar. Aquí tenéis un ejemplo de las actividades existentes de «Naturales y Enteros» para Primaria:

Para finalizar os dejo una de las actividades, en ella se trata de hacer ver la importancia de medir. A veces nuestras percepciones nos juegan malas pasadas como en este ejemplo: la flecha.